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IEE en Vigo tras la aprobación de la Ley del Suelo

Tras la entraba en vigor el pasado 19 de marzo de la Ley del Suelo de Galicia  (Lei 2/2016, do 10 de febreiro, do solo de Galicia) cambia el contexto legal por el que se hacía obligatoria la presentación de ITE (inspección técnica de la edificación) para cualquier tipo de edificación en Vigo y en los demás municipios gallegos. Esto se debe a que  en esta recién estrenada ley no se hace referencia alguna a la inspección periódica de los inmuebles.

A partir del 19 de marzo,  las inspecciones periódicas estarán bajo el único reglamento vigente, el Real Decreto Legislativo 7/2015, del 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y la rehabilitación urbana, que en su artículo 29.1 nos dice:

Artículo 29. El Informe de Evaluación de los Edificios.

1. Los propietarios de inmuebles ubicados en edificaciones con tipología residencial de vivienda colectiva podrán ser requeridos por la Administración competente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo siguiente, para que acrediten la situación en la que se encuentran aquéllos, al menos en relación con el estado de conservación del edificio y con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, así como sobre el grado de eficiencia energética de los mismos.

Informe de Evaluación de Edificios en Vigo

De acuerdo con lo anterior, el servicio ITE del Concello de Vigo nos comunica que desde dicho día se requiere la presentación del nuevo IEE (Informe de Evaluación de Edificios) para las personas propietarias de inmuebles de tipología residencial colectiva, es decir, edificios de viviendas, hoteles, residencias, …

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Los IEE son informes que incluyen una evaluación del estado de conservación de la totalidad de la edificación (lo que se llamaba ITE hasta ahora), una evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio, de acuerdo con la normativa vigente, estableciendo si el edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para satisfacerlas y la certificación de la eficiencia energética del edificio, con el contenido y mediante el procedimiento establecido para la misma por la normativa vigente.

El calendario de aplicación será igual que para las ITE. En el 2017 tendrán que presentar su IEE todos los edificios de vivienda colectiva construidos hasta el 1919.